Evaluación SEA

Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N° pert 213111015, XI Región

Rol 2128422471
SEA · DIA · Aprobado · 2013-08-05 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · Salmones Blumar S.A.

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN

XI REGIÓN DE AYSÉN

Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N? pert 213111015, XI Región"

Resolución Exenta N2 038

Coyhaique, 20 ERE 201

VISTOS:

1.

Lo dispuesto en la Ley N2 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N20.417, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, Artículo 2” del Decreto Supremo N95/2001 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia (MINSEGPRES), que refunda, coordina y sistematiza el D.S. N2 30 de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), publicado en el Diario Oficial de 07 de diciembre de 2001; la Ley N*19.880, publicada en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N? 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; Resolución (Tr) N” 98, de fecha 02 de septiembre del año 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra como Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Aysén a la Sra. Paula Muñoz Zeller, y la Resolución N2 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, y sus Adendas, del Proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N* pert 213111015, XI Región" presentada por el Señor Pedro Laporte Miguel, en representación de Salmones Blumar S.A., con fecha 5 de agosto de 2013.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Pronunciamientos a la DIA:

Oficio Ord. N2 12600/339 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 21/08/2013; Oficio Ord. N* 1993, del Gobierno Regional de Aysén, de fecha 22/08/2013;

3.4.

Oficio Ord. N2 79-EA/2013, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén, de fecha 23/08/2013;

Oficio Ord. N2 1083 de la SEREMI de Salud, Región de Aysén, de fecha 26/08/2013;

Oficio Ord. N2 367de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén, de fecha 28/08/2013; Oficio Ord. N2 3970, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén, de fecha 28/08/2013;

Oficio Ord. N2 310 de la Dirección General de Aguas, Región de Aysén, de fecha 28/08/2013; Oficio Ord. N2 12600/360, de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 29/08/2013;

Oficio Ord. N2 2009, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 03/09/2013;

Oficio Ord. N” 458, del Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén, de fecha 09/09/2013.

. Pronunciamientos a la Adenda N” 1 de la DIA:

Oficio Ord. N2 12600/444 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 22/10/2013; Oficio Ord. N2 2386, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén, de fecha 23/10/2013; Oficio Ord. N2 517 de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén, con fecha 25/10/2013; Oficio Ord. N* 2480, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén, de fecha 30/10/2013.

. Pronunciamientos a la Adenda N” 2 de la DIA:

Oficio Ord. N2 12600/519 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 19/11/2013; Oficio Ord. N2 2641, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén, de fecha 21/11/2013.

Pronunciamientos a la Adenda N” 3 de la DIA:

Oficio Ord. N* 12600/550 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 30/12/2013.

El Acta N2 03/2014 de la Sesión del Comité Técnico de la Región de Aysén, de fecha 14 de enero de 2014.

El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N* pert 213111015, XI Región" de fecha 16 de enero de 2014.

El Acuerdo de la Sesión Ordinaria N*02-01/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén, de fecha 17 de enero de 2014.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N? pert 213111015, XI Región".

CONSIDERANDO:

3.

Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto.

Que, el derecho de Salmones Blumar S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental.

Que, según los antecedentes señalados en la DIA y sus Adendas, el proyecto consiste en la ampliación y operación de un centro de engorda de salmónidos, el cual permitirá una producción máxima total de 4.800 t/año de salmones de 5 kg de peso.

3.1. TIPOLOGÍA DEL PROYECTO

En atención al artículo 3 del D.S. N2 95/2001 MINSEGPRES, el proyecto contempla las siguientes actividades susceptibles de causar impacto ambiental, como causal de ingreso al SEA:

n3. Producción anual igual o mayor a (35 t) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.

p. Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza parques marinos, reservas marinas o en cualquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.

0.8. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos.

3.2. MONTO DE INVERSIÓN

El monto estimado para el proyecto es de USD $2.000.000.-

3.3. VIDA ÚTIL Y CRONOGRAMA DEL PROYECTO

La vida útil del proyecto es indefinida, sin embargo se consideran mantenciones y mejoras.

El centro no se encuentra actualmente en operación, pero la ampliación de su biomasa y de las unidades de cultivo son actividades que se desarrollarán de acuerdo a lo descrito en la siguiente

tabla:

Actividad Duración Fecha de inicio | Fecha de término Levantamiento de información 3 meses Julio 2013 Octubre 2013 Construcción Adición anual | Noviembre 2013 | Noviembre 2018 Operación Indefinida Noviembre 2013 Etapa de abandono Indefinida - .

3.4. MANO DE OBRA

La mano de obra requerida para la etapa de levantamiento de información del proyecto, se estima en 2 personas, para las actividades de construcción del proyecto, se estiman 3 personas y para la etapa de operación del proyecto, se estiman 5 personas.

3.5, LOCALIZACIÓN

El proyecto se emplaza en el sector sureste de Isla Isquiliac, en el denominado Canal Darwin, ubicado en la comuna de Aysén, provincia de Aysén, Región del General Carlos Ibáñez del Campo, y es de la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Puerto Chacabuco.

3.5.1. Coordenadas Geográficas

Las coordenadas geográficas de los vértices de la concesión de acuicultura referidas a la carta SHOA N? 842, son las siguientes:

Punto Latitud (S) | Longitud (W) — | Distancia entre vértices (m) | A 4225'09,86” | 74%17'37,62” 400 | B 42%25'03,79” | 74%17'21,35” 200 | C 4225'09,51” 7417'17,03” 400 D 42%25'15,59” | 74*17'33,30” 200

Las coordenadas geográficas de los vértices de la concesión de acuicultura referidas a la carta SHOA N” 8630, 22 edición 2003 (Datum WGS-84) son las siguientes:

Punto | Latitud (S) Longitud (W) | Distancia entre vértices (m) |

1 A | 45”25'18,60” | 74%17'37,58” 400 B | 45%725'12,22” | 74%17'21,56" 200 c 4525'06,58" 7417'26,09” 400 D 45"25'12,96" 74%17'42,117 | 200

3.5.2. Superficie

La superficie de la concesión de acuicultura otorgada es de 8 hectáreas.

3.5.3. Compatibilidad territorial del proyecto

El proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región. Para mayor detalle ver Oficio Ord. N” 1993 del Gobierno Regional de Aysén, de fecha

22 de agosto de 2013; y el Oficio Ord. N2 12.600/339 de la Gobernación Marítima de fecha 21 de agosto de 2013.

3.6. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto consiste en la ampliación y operación de un centro de engorda de salmónidos, el cual permitirá una producción máxima total de 4.800 t/año de salmones de 5 kg de peso y la instalación de 20 balsas jaulas de 30x30x20 metros.

El centro cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N” 58 del 2010 (2750 t), aprobada por la COREMA Región de Aysén. Este proyecto modifica el anterior en lo que respecta a producción y sus variables asociadas, permaneciendo los demás aspectos sin alteración.

A continuación, se presenta una tabla resumen donde se detalla la situación del proyecto original, la situación actual y las modificaciones asociadas al proyecto que ingresa al SEIA:

Variables Proyecto Original | Proyecto Actual | Proyecto Modificado Área Solicitada 8 ha 8 ha 8 ha Número de jaulas 29 20 20 Tipo de jaulas Circulares Cuadradas Cuadradas Dimensión de jaulas En maerdlamerro 30x 30 x 20 m 30 x 30 x 20m por 15 m de altura Toneladas 2.750 (t) O (t) 4.800 (t) Aguas servidas 54,8 m/año 0 m?/año 50 m/año domésticas Aguas residuales de lavamanos, duchas y 127,8 0 m'/año O m/año 130 m/año cocinas MESIgnoS de pediluyios O m'/año 0m'/año 0,7 m/año y maniluvios Residuos de ” a a lubricantes 192 l/año 0 l/año 190 l/año Alimento no Ñ ñ ñ 12 consumido (ANC) 165 t/año 0Ot/año 312 t/año Fecas 313 t/año 0Ot/año 593 t/año ota unidades O unidades /año | 4992 unidades /año Bolsas de alimento /año de maxi , Ñ de maxi sacos de maxi sacos sacos Mortalidad 275 t/año Ot/año 480 t/año Lodo de pla balde 0,017 t/año 0Ot/año n/a tratamiento Residuos sólidos m mm ñ 9t domésticos 0,9 t/año 0 t/año 0,9 t/año N” operarios 5 0 5 Corrientes 9,7 cm/s Profundidad promedio 40m - > Temperatura - - - promedio

Salinidad promedio - - 5 Oxígeno disuelto - s F

(mg/l) promedio Categoría de centro Categoría 4 - -

  • En los ítems Aguas servidas domésticas, Aguas residuales de lavamanos, duchas y cocinas y Residuos sólidos domésticos se establece que el proyecto actual considera 5 trabajadores, la mitad de lo considerado en el proyecto original, razón por la que se obtiene tal diferencia.

Ver numeral 1.2 y 1.5 de la DIA.

3.6.1. Etapa de Construcción

3.6.1.1. Balsas de Cultivo

El número de estructuras de cultivo y sus características corresponden a:

Año Período Máxima Biomasa (5 año) Numero balsas 20 Dimensiones de las estructuras | 30x 30 x 20 m Área de mar total a ocupar 18.000 m? Volumen máximo a ocupar 360.000 m*

A partir del año 6 se mantendrá lo señalado para el año 5. En caso contrario, el año 6 deberá presentar un nuevo proyecto técnico.

El centro está comenzando su primer ciclo productivo, por lo que se fondearán 20 jaulas cuadradas. No se realizará traslado ni retiro de jaulas.

3.6.1.2 Redes En el centro se manejarán tres tipos de redes de nylon:

  • Cultivo: Estas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones. Sus dimensiones serán de 30 m x 30 m x 20 m, con una apertura que variará de 1”a 2”.

e Loberas: Estas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red por lobos de mar u otros depredadores. Tendrán una apertura de 10”, la que evitará que los depredadores se

enmallen. La profundidad máxima de la red lobera será de 25 metros.

e Pajareras: Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles escapes de salmones y ataques de pájaros. Tendrán una apertura de malla de 2”.

3.6.1.3. Artefacto Naval

Se instalará una estructura flotante, la que contará con habitabilidad para 5 personas y bodegas para los insumos.

3.6.2. Etapa de Operación

La etapa de operación del proyecto consiste en el desarrollo del cultivo de salmónidos, de acuerdo al D.S, N2 290/93 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, en su etapa de engorda, según se indica en el proyecto técnico que se modifica presentado en Anexo ll. El período de máxima biomasa estipulado para el 5'” año de producción implica 4.800 t/año, con un peso promedio de salmónidos de 5 Kg.

Las principales actividades que se desarrollarán durante la etapa de operación del proyecto corresponderán a las siguientes:

3.6.2.1. Ingreso de Smolts

El ingreso de los smolt será con un peso inicial promedio de 90 a 120 gr, provenientes de pisciculturas autorizadas, ubicadas principalmente en las Regiones de la Araucanía, Los Lagos, Aysén y Los Ríos. Esta actividad se realizará trasladando los peces desde los centros de smoltificación que cuenten con las acreditaciones y permisos correspondientes.

El traslado de los peces se realizará por vía marítima, mediante una barcaza de transporte con estanques para ingreso. El arribo de los smolt será registrado por el jefe del centro, quien revisará el estado de los peces.

El servicio de ingreso de peces será encargado a terceros. El titular subcontratará este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de desinfección así como certificados de desinfección previos al minuto de prestar el servicio, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.

3.6.2.2. Engorda

Durante la etapa de engorda, se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 5 kg promedio. Para lograr esto los peces se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de estos. También se utilizarán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito. Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente de 12 a 18 meses.

Los peces serán mantenidos a una densidad en torno a los 17 kg/m*, densidad de cultivo recomendada para reducir los riesgos de brotes de enfermedades y además permite mantener las condiciones de calidad de agua óptimas para los peces.

Los peces serán monitoreados, evaluando la calidad en las distintas balsas, y registrando parámetros como peso y talla. Esta información permitirá realizar una selección de los peces de acuerdo a su talla con el fin de proporcionarles alimento de acuerdo a su peso.

Cuando finalice un período productivo se dejarán las jaulas vacías, se realizará cambio de redes y se desinfectarán todos los equipos, descansando dicho centro por un período de 3 meses, cuyo fin es evitar la transmisión de enfermedades.

3.6.2.3. Cosecha de peces

La cosecha de salmones se realizará, según lo indica el Proyecto Técnico, cuando los peces alcancen un peso promedio de 5 Kg. Para mayor detalle, ver Anexo N” 2 de la DIA.

Previo al inicio de la cosecha se mantendrá en ayuno a los peces durante 3 a 5 días. Luego, se procederá a una evaluación del estado y calibre de los peces, una vez procesada esta información, y si procede, se realizará el traslado de los peces vivos desde el centro a una planta de proceso debidamente autorizada, ubicada tanto en las Regiones de Los Lagos, Bío Bío y Aysén.

Se trasladarán los peces vivos desde el centro hasta la planta de proceso. Los peces vivos cosechados serán trasladados en wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantención y traslado de los peces. Esta actividad será subcontratada a terceros. El titular subcontratará este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con certificados y un protocolo de desinfección, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.

3.6.2.4. Alimentación Método de alimentación:

La alimentación se realizará mediante blowers que permitirán alimentar en forma más eficiente a los peces. Con el fin de regular la pérdida del alimento y minimizar la generación de alimento no consumido, se contará con cámaras submarinas las que permitirán detectar cuando la alimentación sea mayor que el consumo, situación en que se deja de proveer alimento, para que la disposición final de alimentos en la columna de agua y en los sedimentos marinos sea mínima.

Alimento:

El alimento que se suministrará a los peces satisfacerá los requerimientos de los peces durante su crecimiento y cumplirá con características deseadas de estabilidad de almacenamiento, contenido de finos, velocidad de hundimiento controlada, alta estabilidad en el agua, alto valor energético, alta digestibilidad y reducidos niveles de fósforo.

El alimento a utilizar permite combinar el óptimo nivel de energía y la mejor alternativa económica. El tipo de alimento a suministrar a los peces presentará diversas alternativas de relación proteína/lípido, las que dependerán de los requerimientos de los peces, objetivos productivos y de las exigencias del mercado. Junto con lo anterior, el alimento a utilizar será un

pellet que mantenga una relación largo/diámetro más funcional, dependiendo del tamaño de los peces.

Factor de conversión estimado:

Se estima que el factor de conversión dentro de un ciclo será de 1.3. Se espera que con la utilización de alimentadores automáticos y cámaras submarinas se pueda alcanzar un factor de conversión lo más cercano a 1.0,

Almacenamiento de alimento

El alimento será mantenido en silos ubicados en la estructura flotante. Estos silos mantendrán el alimento en un lugar seco, fresco y sin exposición directa a la luz, lo que permitirá mantener la calidad del alimento, cumpliendo así con las recomendaciones de los fabricantes.

Respecto al alimento medicado, éste no será “manipulado” por personal del centro, sino que será almacenado en silos independientes el cual será suministrado a los peces mediante sistema de alimentación automática.

Por otra parte, cabe indicar que en la actualidad no existe almacenamiento de fármacos debido a que las recetas que genera el veterinario se ajustan a la cantidad de alimento medicado fabricado y a las dosis calculadas que tiene que comer cada pez, por lo que el alimento medicado es suministrado en su totalidad y, por ende, nunca sobra. En caso de que eso ocurriese, el titular retirará el alimento del centro de cultivo y lo almacenará en un lugar alejado.

El registro para la recepción de fármacos, al igual que para el alimento medicado y el normal, se contará con un sistema de doble guías, en el que se registre toda la información relevante, vale decir: tipo de producto, cantidad, factura o guía de despacho asociada, fecha de recepción, barcaza de entrega y encargado de la misma y observaciones, receta del veterinario, entre otros. Esto con el objeto de agregar a la cadena de trazabilidad la información de esta fase del ciclo de vida de dicho producto, que permita un seguimiento adecuado del mismo,

El registro para el uso de alimento medicado, consistirá en la recopilación detallada de las jaulas a las que se les suministró el alimento, el tipo de antibiótico, las cantidades utilizadas en cada caso, el tiempo y dosis de suministro de este alimento, el tiempo restante de entrega, los tiempos de carencia, observaciones relevantes y todo dato que permita al veterinario supervisar el correcto procedimiento de tratamiento de la patología.

3.6.2.5. Acciones y Servicios Etapa de Operación Abastecimiento de agua potable:

La fuente de abastecimiento de agua será a través de una planta desalinizadora que ocupará el sistema de osmosis inversa y/o por medio externos como barcazas desde las ciudades de Quellón o Puerto Montt. El titular en caso de requerir otras fuentes de abastecimiento de agua, deberá solicitar las autorizaciones, permisos correspondientes y/o los derechos de aprovechamiento asociados a este uso.

En caso de obtener el agua potable de una red rural, el titular presentará un informe técnico favorable de que el agua es realmente potable y un certificado de autorización otorgado por el Ministerio de Obras Publicas y establecerá un convenio con el comité de agua potable (APR) de la localidad.

Adicionalmente, el abastecimiento de agua potable se realizará a través de dispensadores de agua, los que estarán dispuestos en un área de libre acceso dentro del pontón, y serán cargados cuantas veces sea necesario mediante botellones retornables de policarbonato o plástico PET, por lo que será necesario ir reabasteciendo periódicamente el suministro de agua. El agua embotellada

permite su almacenaje por períodos superiores a los 6 meses. El abastecimiento de estos botellones de agua, se realizará por mar a través de una embarcación de logística del centro.

Requerimientos energéticos:

Se requerirá de energía para el funcionamiento del centro y para el funcionamiento de los blower para alimentar a los peces.

Estos requerimientos serán cubiertos por el generador que utiliza el combustible Diesel que será almacenado en un estanque de acero de 10.000 litros, el que será aprovisionado mediante barcazas, las que contarán con todas las medidas de seguridad para el desarrollo de esta actividad.

Almacenamiento de insumos y materiales:

Los insumos del centro serán principalmente: alimento, combustible y desinfectantes. Tanto los insumos como los materiales serán mantenidos en la estructura flotante, el que tendrá un área específica para su almacenamiento, véase Anexo IV de la DIA.

Con respecto al almacenamiento de alimento, esta actividad se realizará de acuerdo lo señalado en el punto referido a “Almacenamiento de alimento”.

En relación al almacenamiento de combustible, éste será almacenado en un estanque de acero de 4 mm de espesor de bajo contenido de carbono, con capacidad de 10.000 1, Este estanque no va pintado en su interior, dado que el mismo petróleo moja las paredes actuando como inhibidor de corrosión. El combustible será aprovisionado mediante barcazas, las que contarán con todas las medidas de seguridad garantizando el traslado seguro del combustible.

Finalmente, los desinfectantes serán mantenidos en una bodega, y contenidos en recipientes cerrados y debidamente identificados.

Manejo de Redes:

La operación del centro de engorda de salmones involucra el recambio de redes, la limpieza, la reparación y la impregnación de estas, en algunos casos, con pintura antifouling, con el fin de evitar la fijación de organismos incrustantes. El manejo de las redes será realizado por una empresa externa que cuente con una Resolución de Calificación Ambiental favorable.

El cambio y mantención de las redes del centro se efectuará una o más veces vez por ciclo, las que serán removidas de las jaulas y posteriormente trasladadas con ayuda de una barcaza al taller de redes correspondiente

3.6.2.6. Medidas de Prevención y Tratamientos Terapéuticos en peces

Medidas de prevención:

El titular aplicará medidas de prevención, como manejo adecuado y simple de los peces, alimentación segura y de la mejor calidad, y una muy buena calidad del ambiente (agua) donde se

cultivarán los peces, entre otras. Lo anterior dará como resultado una disminución drástica de la aplicación de tratamientos con antibióticos.

Se tomarán las siguientes precauciones:

  • Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: IPN, Vibrio, Aeromona y la Pisciricketsiosis (SRS). Para el caso de los salares, estos ingresarán vacunados además contra ISA.

  • Se suministrará a los peces, alimento de la mejor calidad presente en el mercado.

  • Seretirarán en forma permanente los peces muertos y mórbidos, y los implementos utilizados durante la actividad serán desinfectados con desinfectantes autorizados por la Autoridad.

e Se realizará la necropsia de mortalidades frescas y si corresponde se enviará muestras al laboratorio.

  • Se contará con la visita del médico veterinario de la empresa.

  • Seimplementarán pediluvio y maniluvio, tanto para el personal del centro como para visitas.

  • Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés y los riesgos de una alteración en el sistema inmunológico.

  • Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos se procederá a desinfectar la quecha, botas, manos y pangas. El desinfectante utilizado para los maniluvios es alcohol gel, el cual no necesita enjuague posterior y cuyo requerimiento será de 1 | mensual. Para el pediluvio se utiliza un yodóforo. Se estima que se utilizarán 60 | mensuales de yodóforo los cuales serán almacenados en bidones herméticos, trasladados y dispuestos en basureros industriales autorizados.

  • El centro se tomará un período de descanso de 3 meses para limpieza, desinfección y seguridad, para reducir la transmisión enfermedades. Esto establecido de acuerdo a Resolución N*1.449 del 2009 y todas sus modificaciones que se llama “Establece Medidas de Manejo Sanitario por Área”.

Tratamiento de patologías:

Las medidas preventivas serán mantenidas en forma permanente, pero frente a un incremento de la mortalidad se enviarán muestras al laboratorio, y el médico veterinario evaluará la necesidad de aplicar tratamientos terapéuticos.

Para mayor información, ver numeral 2.1.11.3. de la DIA.

3.6.2.7. Manejo de Mortalidad en el Centro

Tratamiento de Mortalidad:

La mortalidad que se producirá en el centro durante la etapa de engorda será retirada diariamente de forma manual por los buzos, actividad que será seguida de una desinfección para evitar trasmitir enfermedades a las otras jaulas.

El proyecto cuenta con un sistema de ensilaje para el manejo y almacenamiento de la mortalidad extraída de la operación del centro de engorda, las que serán trasladadas y finalmente procesadas

en una planta de reducción con la finalidad exclusiva de procesarla como materia prima para producir y comercializar harina y aceite de salmón.

El sistema de ensilaje se compone de las siguientes partes:

e Bidón de 60 | solución ácido fórmico e Tablero control

e Bomba eléctrica de 5 HP

e Estanque triturador de 1,4 m*

e Estanque acumulador de 15 m?

Para mayor detalle, ver anexo IV a, IV b y IV c del Adenda N” 1 de la DIA. Ingreso de mortalidad al triturador y trituración:

La mortalidad que se retirará del centro de cultivo se llevará en contenedores cerrados a la plataforma de ensilaje. La persona abrirá la puerta del triturador y trasvasijará la mortalidad dentro del estanque. Con la tapa cerrada, encenderá el triturador e iniciará la molienda por tiempos de 30 minutos aproximadamente (dependiendo de la cantidad de mortalidad trasvasijada); se debe continuar con el ciclo de molienda y trasvasije hasta que todo el pescado haya sido transformado a silo (pasta homogénea de color café rojizo homogénea).

Adición de ácido fórmico:

Una vez producida la molienda en el estanque triturador el operador deberá colocar en el tablero eléctrico de la bomba dosificadora semiautomática de ácido fórmico la cantidad de mortalidad trasvasijada en kilos y ésta automáticamente libera el ácido fórmico necesario para procesar los kilos de mortalidad y asegurar un pH inferior a 4.

Considerando una biomasa máxima total aprobada de 4.800 t/año los volúmenes de solución tamponada de ácido fórmico serán los siguientes:

Total Mortalidad Anual Aproximada: 480.000 kilos

Consumo: 3 | por 100 kilos mortalidad = 14,400 litros

Presentación: bidones de 60 |= 240 bidones por año

El ácido fórmico a utilizar será tamponado con sodio (Na).

Para mayor detalle, ver numeral 2.1.1.1.8. de la DIA.

Del retiro del silo:

El trasvasije consiste en coordinar el retiro del ensilado lo que implica bombear el producto desde el estanque acumulador hacia estanque de la empresa que retire. Esta operación se podrá

efectuar, alternativamente, con bomba instalada en el transporte o con bomba de recirculación.

La frecuencia de retiro se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y a la capacidad de acopio del centro. Ello permitirá programar adecuadamente el servicio.

Calculando que por cada 1.000 kg de mortalidad se generan 1.040 kg. de silo, y que la mortalidad total por ciclo es de 48.000 kilos da un total de 499,200 kilos de ensilado/año.

Da que en promedio se genera al mes aproximadamente 40.000 kilos de mortalidad cruda y al mes da un total de 41.600 kilos de ensilado/mes, por lo que se generarán aproximadamente 3 retiros de silos al mes.

Esta actividad será subcontratada a terceros o con embarcaciones propias. El titular subcontratará o contará con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con un protocolo de desinfección así como con certificados de las desinfecciones previas, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. Asimismo, el servicio de retiro se ha diseñado para cumplir con todas las nuevas normativas de barrios y zonas de bioseguridad.

Para mayor detalle, ver numeral 2.1.11.10. de la DIA. Limpieza y desinfección de silos y contenedores de mortalidad:

Para la limpieza y desinfección se utilizará una bomba de aspersión específica para este fin, de modo que la solución desinfectante se rocíe sobre la superficie en forma de una lluvia fina, obteniéndose una distribución homogénea de la solución. Realizada toda la aplicación se deberá esperar el tiempo de acción recomendado por el fabricante del desinfectante.

En cada retiro de ensilaje se realizará una desinfección externa del equipo, pipping y loza donde se ubica el sistema de ensilaje.

Además se realizará un aseo del piso donde está ubicado el triturador con una frecuencia mínima de una vez por semana y para evitar acumulación de agua.

Control de derrame de ácido fórmico:

El sistema de ensilaje cuenta con áreas definidas para el almacenamiento de sustancias tales como el ácido fórmico. Este será mantenido en recipientes cerrados herméticamente, debidamente identificados y sobre dos contenedores estancos de acero galvanizado de capacidad para 6 bidones de 60 litros y su reabastecimiento se realizará resguardando todas las medidas de seguridad con el fin de evitar todo tipo de derrames y pérdidas accidentales.

Se prevendrán los derrames revisando frecuentemente los procedimientos, la operación de ensilado, el estado de los equipos y diseño de las instalaciones.

Requerimientos energéticos:

Se requerirá de energía para el funcionamiento de las bombas del sistema de ensilaje. Estos requerimientos serán cubiertos por el generador existente que utiliza el centro de cultivo y su estructura flotante (pontón). El generador utiliza combustible Diesel el cual es almacenado en un estanque de acero de 10.000 litros.

Consumo de ácido fórmico:

El consumo de ácido fórmico al año, será de 14.400 litros/año (envases de 60 litros).

Las cantidades estimadas de generación de mortalidad para el 5'” año de producción o período de máxima biomasa se estima en 480 t/año (a partir del sexto año se espera que la generación sea igual a la del quinto año).

1.7.7.2.8. Planes de contingencia El titular desarrolla en la DIA los siguientes planes de contingencia:

e Escape de peces.

  • Mortalidades masivas.

e Fallas en el sistema de ensilaje y no factibilidad de ensilar.

  • Derrame de ensilaje.

  • Derrame de Ensilaje en el momento del retiro.

e Contaminación del personal con el ensilado.

  • Equipamiento para Emergencia.

e Materiales para el control de derrame.

+. Derrames, volcamientos u otros análogos, en relación a productos de lavado, limpieza y Desinfección.

  • Control de sustancias y derrame de hidrocarburos.

e Pérdidas masivas de alimento (normal y medicado).

  • Medidas de Prevención y Contingencias en caso de captura en redes de cultivo del Huillín o Nutria de río (Lontra provocax).

*e — Huillín enredado en una red de cultivo.

+. —Huillín encontrado al interior de una jaula.

e — Huillín enredado en una red y ahogado.

e Encaso de superación de la capacidad de molienda del ensilaje producto de este aumento de mortalidad.

3.6.3. Etapa de abandono

El proyecto no considera etapa de cierre o abandono, ya que se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción.

Si bien la actividad tiene una vida útil indefinida, existe una probabilidad no mayor de que se encuentre pertinente el cierre del centro. En este caso, se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-jaulas y trasladarlas a un centro donde puedan ser reutilizadas, pasando previamente por un proceso de limpieza y desinfección.

El titular cumplirá con el artículo 4” letra c) del D.S. 320/01 “Reglamento Ambiental para la Acuicultura y todas sus modificaciones”.

3.7. EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO 3.7.1. Emisiones a la Atmósfera

El proyecto generará dos clases de emisiones a la atmósfera:

e Generación de gases producto de la combustión en motores fuera de borda y en los generadores de electricidad, durante la etapa de operación.

e Generación de ruido, fundamentalmente durante la etapa de construcción del proyecto.

Gases:

Se generarán gases producto de la operación de los motores fuera de borda y de los generadores de electricidad, fundamentalmente durante la etapa de operación.

El titular ha considerado para las embarcaciones del centro el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible que genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO».

La emisión de los motores fuera de borda tendrán una duración de 8 horas diarias, pero su utilización será en forma intermitente.

El centro contará con 2 generadores, uno de 275 Kva y otro auxiliar de 65 Kva, los que serán una fuente fija de emisión constante. El generador de 275 Kva tendrá un consumo de combustible de 25 l/hora y el de 65 Kva, 10 l/hora aprox., para ambos generadores el combustible a utilizar será Diésel. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y/o residuos, tanto en los generadores como en los motores fuera de borda.

Generación de Ruido:

Las fuentes de emisión durante la etapa de operación corresponderán a los motores fuera de borda, los generadores y los blower de alimentación.

Anteriormente, los motores fuera de borda bencineros (de 50 HP) generaban un nivel de ruido del orden de los 85 dbA, no obstante, con la reciente implementación de combustible GLP, los motores fuera de borda trabajarán de manera más silenciosa, ya que los niveles de ruido se verán reducidos significativamente. La emisión de ruido se generará durante la actividad diurna, en forma intermitente.

Al interior del pontón se producirá un promedio de emisión equivalente del orden de los 79,4 dbA, lo que da cumplimiento al Art. 74 del D.S, N2 594/99. Este nivel de ruido se generará en horario diurno y en forma constante. No obstante las unidades generadoras de ruido se encontrarán ubicadas en zonas aisladas acústicamente dentro del pontón con lo que se logrará reducir la emisión de ruido en dichas salas.

3.7.2. Efluentes Líquidos Aguas servidas domésticas:

Las aguas servidas domésticas generadas durante la etapa de operación del proyecto se tratarán en una planta de tratamiento instalada en el pontón flotante. Esta planta tendrá capacidad para tratar las aguas servidas generadas por los 5 operarios. Al considerar la dotación de agua establecida en el Art. 14 del D.S. N2 594/99 del Ministerio de Salud, que determina un promedio de 100 l/día por trabajador, se estima que se producirá un total de 0,5 m?, correspondiendo a un total aproximado de 50 m*/año de aguas servidas domésticas.

El tratamiento corresponderá a una planta electrolítica Mariner OMNIPURE Series 55 la cual está compuesto de un panel interno de control eléctrico, una celda tubular electrolizadora altamente eficiente, y múltiples cámaras de oxidación y decloración. El sistema se interconecta con la bomba de transferencia de aguas servidas y la bomba de suministro de agua de mar del artefacto naval. La planta Mariner OMNIPURE es operado normalmente en modo Automático, donde, basado en la demanda de tratamiento de aguas servidas a bordo del pontón, se inicializa y comienza a procesar.

Para mayor información ver anexo IV de la DIA. Aguas residuales de lavamanos, duchas y cocinas:

Las aguas generadas en lavatorios, duchas y cocina durante la etapa de operación corresponden a las aguas residuales grises. Estas aguas serán vertidas al mar a un costado de la estructura flotante. El titular utilizará jabones y detergentes biodegradables para minimizar el impacto de esta descarga sobre el entorno, además de la utilización de tamices que impedirán el paso de sólidos visibles, los que serán dispuestos en los contenedores de basura sólida doméstica. Se incorporará un tamiz o rejilla que retendrá los sólidos de mayor tamaño previo a su descarga.

Al considerar la dotación de agua establecida en el Art. 14 del D.S. N2 594/99 del Ministerio de Salud, que determina un promedio de 100 l/día por trabajador, se estima que se producirá un total de 0,5 m? diarios de aguas residuales, de las cuales el 70% de ellas sería dispuesto sobre la columna de agua (30% de ellas se neutralizaría en la planta de tratamiento de aguas servidas domésticas), obteniéndose una generación de 130 m*/año aproximadamente de aguas residuales de lavamanos, duchas y cocinas las que serán dispuestas directamente en un costado de la estructura flotante, sobre la columna de agua.

Residuos líquidos provenientes de pediluvio, maniluvios y de limpieza y desinfección de equipos, materiales y contendores de mortalidad:

En el centro se utilizarán solamente 60 | de Yodo al mes para pediluvio y 1 | de alcohol para maniluvios.

Los maniluvios no generan residuos líquidos ya que su presentación es un alcohol que viene en gel, por lo tanto no generan residuos líquidos.

Los pediluvios utilizan yodo, con una dilución recomendada por el proveedor de este producto,

NI

Al cabo de tres días y producto del uso, de la posible contaminación con otros líquidos y de la sobre dilución (producto del reiterado sumergimiento de las botas de los operarios del centro), se procede a cambiar el contenido de los contenedores.

La mezcla de yodo y agua que se utiliza en los pediluvios es, en gran parte, consumida por el tránsito de toda persona que ingresa y deja el centro, por ello, el volumen residual de esta mezcla es muy bajo, situación que se encuentra avalada por los registros de la empresa en otros centros de engorda en operación.

Los residuos de los pediluvios serán almacenados en bidones cerrados, debidamente rotulados y dispuestos en vertedero industrial autorizado.

La producción de residuos de pediluvios y maniluvios corresponde a 0,70 m*/año aprox.

Residuos de lubricantes:

En el centro, producto de la utilización de lubricantes para motores, se generarán residuos, los que serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece el artículo 4 y 6 del D.S. N2 148/04. Estos residuos serán trasladados en embarcaciones de la logística de la empresa y derivados para ser tratados por empresas con todas las autorizaciones correspondientes.

Se generarán en total 190 l/año aprox. de residuos de lubricantes.

Resumen de efluentes líquidos generados anualmente durante el período de máxima biomasa.

Identificación del Cantidad de Tipo de Manejo de Destino de los Frecuencia de Residuo Residuos/Año los Residuos Residuos retiro

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Aguas residuales Descarga continua de a la columna de lavamanos m P x Columna de agua agua, cada vez , 130 m*/año Tamiz o rejilla 8 gua, coc duchas y que se utiliza agua cocinas en lavamanos y duchas Residuos líquidos Almacenamiento en : o Vertedero ,

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3.7.3. Residuos sólidos Alimento no consumido:

El alimento no consumido podría alcanzar las 312 toneladas anuales para el ciclo de máxima producción, pero con claras posibilidades de ir disminuyendo en el tiempo.

Para mayor detalle, ver numeral 3.3.1 de la DIA. Producción de fecas:

Se estima que el porcentaje asociado a la producción de fecas sería cerca de un 10% del alimento total. Por lo que se estima que la cantidad de fecas producidas en período de máxima producción alcanzará las 593 toneladas anuales.

Para mayor detalle, ver numeral 3.3.2 de la DIA. Bolsas de alimento:

Las bolsas de alimento corresponden a residuos sólidos generados durante la etapa de operación. Se utilizarán “Maxi Bag” (bolsas de 1.000 kg.) Se estima la utilización de aproximadamente 4.992 bolsas de maxi-sacos al año, las que serán retiradas inmediatamente por el proveedor una vez vaciados sus contenidos en los silos para alimento presentes en la estructura flotante, para su reutilización para los mismos fines.

Mortalidad ensilada:

Este residuo se acopiará temporalmente en el estanque acumulador después de haber pasado por un proceso de trituración y adición de ácido fórmico. El estanque acumulador se ubica sobre la plataforma de ensilaje. Posteriormente, serán retirados tanto por barcos propios pertenecientes a la logística del titular como por barcos de las plantas reductoras de harina y aceite de salmón, que cuenten con todas las autorizaciones sanitarias y que cumplan con la normativa vigente para el transporte y transformación de los mismos.

Se estima un total de 499.200 kilos de ensilado/año y la frecuencia de retiro de esta se estima de aproximadamente tres retiros al mes, dependiendo del porcentaje de mortalidad acumulada del mes y del tamaño y peso de los peces.

Residuos de organismos fouling:

Las actividades de retiro, limpieza, reparación, impregnación con pintura antifouling y la instalación, serán realizadas por una empresa externa autorizada. La limpieza de las redes se realizará en un taller de redes autorizado, que cuente con un sistema de tratamiento aprobado ambientalmente.

Para mayor detalle, ver numeral 3.3.5 de la DIA. Residuos sólidos domésticos:

Los residuos sólidos domésticos que se generarán en la etapa de operación del proyecto se estiman en 0,5 kg/día por persona, por lo que en total se producirán 2,5 kg/día. El volumen de residuos sólidos domésticos corresponde a 0,9 toneladas anuales.

Los residuos sólidos domésticos generados serán acumulados en contenedores con tapa hermética, específicamente destinados para tales fines, con bolsas de plástico en su interior claramente identificado. Luego, las bolsas con residuos en su interior serán trasladadas en una embarcación de logística, a puerto donde serán retiradas y enviadas al sitio final autorizado. el titular llevará un control mediante el sistema de doble guía de estas disposiciones.

La frecuencia de retiro de estos residuos sólidos desde el centro de cultivo y luego a sitio final, será cada 3-4 días, con el objeto de evitar la generación de vectores y la emanación de olores.

Envases de productos químicos y ácido fórmico:

Los bidones que contienen el yodo y otros productos químicos, se almacenarán en la bodega del pontón del centro de cultivo y se trasladarán y dispondrán en rellenos sanitarios autorizados. En el caso de los envases del ácido fórmico se devolverán al proveedor para reciclaje.

Se estima la utilización de aproximadamente de 240 bidones/año de ácido fórmico. 3.7.4. Otras Emisiones

Este proyecto no generará formas de energía, ni tampoco generará efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N* pert 213111015, XI Región" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse necesariamente debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

5.1. Normativa ambiental de carácter general aplicable al proyecto . Art. 19 N2 8 Constitución Política de la República.

Forma de cumplimiento: El titular cumplirá con el artículo 19 N*8, en el sentido que el respeto de esta garantía constitucional se realiza precisamente con el cumplimiento de la normativa vigente y el reconocimiento de la institucionalidad creada al efecto. Al someter este proyecto al SEIA se consigue lo anterior, ya que el Estado, en uso de sus atribuciones y mediante los organismos creados para ello, evaluará ambientalmente el presente proyecto, velando porque el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no sea afectado.

e Ley N219.300 y su modificación la Ley N220.417 sobre Bases Generales del Medio Ambiente Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Forma de cumplimiento: Se presenta a tramitación a la Servicio de Evaluación Ambiental XI Región la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), para obtener una Calificación Ambiental.

e D.S. N295 (SEGPRES) “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”

Forma de cumplimiento: Se presenta a tramitación a la SEA XI Región la presente Declaración de impacto Ambiental para su Calificación Ambiental favorable, y obtener permisos ambientales necesarios.

5.2. Normativa ambiental de carácter específico aplicable al proyecto 5.2.1. Pesqueras y acuáticas

  • D.S, N2 430 fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N*18.892, de 1989 y sus modificaciones. Ley General de Pesca y Acuicultura y todas sus modificaciones. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Forma de cumplimiento: El titular cumple con aquellos artículos del ámbito ambiental, regulatorios, específicamente los artículos 77, 87 y del 125 al 132. (Ver numeral 5.2 de la DIA). El titular indica que los fondeos se encontrarán dentro de la concesión.

e D.S. N* 320 y todas sus modificaciones Reglamento Ambiental para la Acuicultura del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Forma de cumplimiento: El titular cumple con aquellos artículos del ámbito ambiental, regulatorios, específicamente los artículos 4,5,6,7,9,15 y 20. El titular mantendrá la limpieza de las playas y terrenos de playa aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por la acuicultura. Se dispondrá de los residuos sólidos y líquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante. (Ver numeral 5.2 de la DIA).

  • D.S. N2 1/1992 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Para el Control de la Contaminación Acuática.

Forma de cumplimiento: Se cumplirá las disposiciones de la Armada referente al no vertimiento de hidrocarburos y mezclas oleosas, aguas sucias y basura en aguas bajo la jurisdicción de la Armada.

e D.S. N2225/95 y 366/99. Establece Protección de los Mamíferos, Aves y Reptiles marinos, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.

Forma de cumplimiento: No se realizarán actividades de caza y captura de especies protegidas por la normativa.

  • Resolución N2 3.612/2009, Establece Contenidos y Metodologías para Elaborar la Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la Información Ambiental (INFA).

Forma de cumplimiento: Se ha realizado la CPS de acuerdo a lo establecido. Durante la etapa de

operación del proyecto. Se realizará la entrega de la Información Ambiental.

  • D.S N2319 y sus modificaciones del Ministerio de Fomento y Reconstrucción, que aprobó el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas (RESA).

Forma de cumplimiento: El proyecto contempla el cumplimiento con respecto al uso del sistema de ensilaje. El centro de engorda cumplirá con tener los procedimientos sanitarios que se

estipulan en el Decreto y el cumplimiento de lo referido en el Título V referente a los centros de cultivo.

e D.S.N*777/1978. Código Marítimo Internacional de Mercaderías Peligrosas del Ministerio de Defensa Nacional.

Forma de cumplimiento: El transporte de mercaderías peligrosas será realizado de acuerdo a lo estipulado en dicho cuerpo legal.

e D.L N2 2,222/78 Regula todas las actividades concernientes a la navegación o relacionada con ella, tanto para las naves como los artefactos navales del Ministerio de Defensa.

Forma de cumplimiento: El proyecto no contempla descargar sustancias peligrosas al medio marino. Los residuos de hidrocarburos serán manejados por empresa autorizada.

5.2.2. Emisiones y residuos e D.F.LN*725 de 1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Forma de cumplimiento: Los residuos sólidos que se generen y los residuos domésticos que se generen, serán depositados en vertederos autorizados.

e D.S. N2594/99 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo. Ministerio de Salud.

Forma de cumplimiento: El proyecto contempla dar fiel cumplimiento a lo establecido por dicha normativa, sobre todo en lo que respecta a servicios higiénicos y circuitos de agua potable.

5.2.3. Residuos y sustancias peligrosas e D.S. N” 148/2003 del Ministerio de Salud. Manejo y Disposición de Residuos Peligrosos.

Forma de cumplimiento: Los residuos serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Estos residuos serán trasladados en embarcaciones de la logística del centro y derivados a centros de almacenamiento provisorio, para ser trasladados y posteriormente tratados por empresas autorizadas.

  1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N* pert 213111015, XI Región" requiere de permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 68 y 74 de los artículos 68 al 106 del D.S. N295/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Mediante Ordinario N2 12600/360 de fecha 29 de agosto de 2013, la Gobernación Marítima de Aysén otorga el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) indicado en el Artículo N* 68 del Reglamento del SEIA. Debiendo el titular mantener a bordo del artefacto naval, el certificado de Seguridad de Prevención de la Contaminación por Aguas Sucias u homologación, durante toda la operación del proyecto. Este certificado deberá encontrarse aprobado y vigente como requisito para conservar del Permiso Ambiental señalado.

Mediante Ordinario N2 2480 de fecha 30 de octubre de 2013, la Subsecretaria de Pesca informó favorablemente respecto de los antecedentes aportados por el titular en la DIA y su Adenda, señalando que, la presentación cumple con los antecedentes ambientales requeridos para el otorgamiento del PAS 74 del D.S. N2 95/01 MINSEGPRES.

  1. En lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales a, b, c, d, e y f del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que en el proceso de evaluación del proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N” pert 213111015, XI Región" el titular adquirió los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

e El titular se compromete a no intervenir el tránsito de embarcaciones ni actividades que eventualmente pudiesen realizarse en las cercanías del proyecto.

e El titular se compromete a dar libre acceso a lugares de resguardo o campamentos de pescadores artesanales que se llegasen a instalar en el sector o si así lo requirieran. Siempre y cuando dichos campamentos no impliquen daños o perjuicios para la empresa de manera directa y/o hacia el medio ambiente, para lo cual se dará aviso a las autoridades pertinentes.

e El titular se compromete a utilizar cámaras submarinas o de tecnología superior para lograr minimizar la pérdida de alimento al medio ambiente.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N* pert 213111015, XI Región" el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la XI Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  2. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha de 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

  3. Que, para que el proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N? pert 213111015, XI Región" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

  6. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  7. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la XI Región de Aysén.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N* pert 213111015, XI Región".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N” pert 213111015, XI Región" cumple con la normativa de carácter ambiental incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. Hacer presente que de conformidad al Artículo N*20 de la Ley 19.300 procede en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime opor:

otifíquese y Archívese

ejandra Cuevas Mardones

Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Aysén

Distribución:

  • Pedro Laporte Miguel.

  • Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén.

  • Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén, e Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.

  • Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén.

  • Gobierno Regional, Región de Aysén.

e Ilustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén. e Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén. e Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén. e Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén. e Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. C/c: e Encargada Participación Ciudadana. + Superintendencia del Medio Ambiente. + Expediente del Proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Canal Darwin, al Sur de Isla Isquiliac, N* pert 213111015, XI Región". e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén.