Evaluación SEA

Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia

Rol 2128421156
SEA · DIA · Rechazado · 2013-08-05 · Región de Los Ríos · Concesiones Valdivia S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACION REGIÓN DE LOS RÍOS

Califica Ambientalmente el proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”.

Resolución Exenta N* 0 4 Ya Valdivia, 17 JUN 2014

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”, presentada por los Señores Cristián Coronel Dubreuil y José Zaror Atala en representación de Concesiones Valdivia S.A., con fecha 05 de agosto de 2013.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N%945 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, con fecha 21/08/2013; Oficio N1983 sobre la DIA, por llustre Municipalidad de Valdivia, con fecha 22/08/2013; Oficio N%577 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos, con fecha 26/08/2013; Oficio N2087 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Los Ríos, con fecha 26/08/2013; Oficio N4107 DRMA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 27/08/2013; Oficio N1405 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Ríos, con fecha 28/08/2013; Oficio N“237 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos, con fecha 28/08/2013; Oficio N1536 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, con fecha 28/08/2013; Oficio N“295 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Ríos, con fecha 28/08/2013; Oficio N687 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Ríos, con fecha 28/08/2013; Oficio N%96 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos, con fecha 29/08/2013; Oficio N%1245 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos, con fecha 29/08/2013; Oficio N3062 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/08/2013; Oficio N“%405 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Ríos, con fecha 20/05/2014; Oficio N155 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos, con fecha 22/05/2014; Oficio N“948 sobre la Adenda 1, por llustre Municipalidad de Valdivia, con fecha 22/05/2014; Oficio N%880 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, con fecha 22/05/2014; Oficio N144 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Ríos, con fecha 22/05/2014; Oficio N“412 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, con fecha 22/05/2014; Oficio N1962 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 22/05/2014; Oficio N%617 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos, con fecha 26/05/2014; Oficio N739 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Ríos, con fecha 27/05/2014; Oficio N*469 sobre la Adenda 1,

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por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos, con fecha 27/05/2014; Oficio N0261 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos, con fecha 28/05/2014; Oficio N*1147-2014 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Los Ríos, con fecha 29/05/2014.

  1. El Acta del Comité Técnico del proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”, de fecha 05 de junio de 2014.

  2. El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”, del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Ríos, de fecha 06 de junio de 2014.

  3. El Acta de la Sesión Extraordinaria N* 2/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, celebrada con fecha 09 de junio de 2014.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”.

  5. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417, el artículo 2 del D.S. N 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; la Resolución N” 1.600/2008, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N 55/1992, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”.

  2. Que, el derecho de Concesiones Valdivia S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia” consiste en:

3.1. La edificación de un edificio subterráneo de dos niveles para estacionamientos, bajo las calles Letelier, Maipú y avenida O'Higgins. La planta considera un total de 8.584,02 m? destinados a los estacionamientos en los niveles subterráneos y 28,89 m? edificados en el nivel plaza para albergar el ingreso y salida peatonal, vías de escape y ventilaciones, totalizando 8.612,91 m? construidos. Se considera la construcción y habilitación de 301 unidades de estacionamientos incluida la dotación correspondiente para discapacitados.

De igual forma considera una superficie o estándar de ocupación cercano a los 26 m? edificados por unidad de estacionamiento. El diseño plantea un funcionamiento unidireccional, eficiente y de fácil comprensión para los usuarios, que permite una calle interior cómoda que, permite adelantamiento. Cabe señalar que las vías interiores

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cumplen los índices solicitados con 6 m para vías unidireccionales con estacionamientos a ambos costados y 3,50 m para vías conectores entre niveles.

3.2. El proyecto considera la implantación dentro del polígono descrito entre calles Letelier-O Higgins-Maipú de la ciudad de Valdivia, así como una fracción del subsuelo de la Plaza De La Republica, en su sector central hasta la glorieta o kiosco de la misma, de modo de lograr el mejor aprovechamiento del espacio disponible, permitiendo, al mismo tiempo, minimizar la intervención en superficie, particularmente en lo relativo a la vegetación existente.

3.3. El proyecto considera una etapa de construcción de 11 meses, una vida útil de 35 años y una inversión estimada de US$ 10.000.000.

Las coordenadas de ubicación, en proyección UTM Datum WGS-84, Huso 18, para el sector de emplazamiento del proyecto son:

Tabla 1. Coordenadas de ubicación del proyecto.

Coordenadas UTM Vértice Norte Este 1 650.123,71 5.591.455,27 2 650.096,61 5.591.340,74 3 650.152,90 5.591.330,38 4 650.180,18 5.591.441,97

3.4. El proyecto requiere de 70 personas para la etapa de construcción, 15 para la etapa de operación y 70 para la etapa de abandono.

3.5. El proyecto ingresó al SEIA en consideración a lo establecido en el artículo 3” literal s) del Reglamento del SEIA, relativo a “Obras que se concesionen para construir y explotar el subsuelo de los bienes nacionales de uso público, en virtud del artículo 37 del D.F.L. N* 1/19.704 de 2001, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de la Ley N? 18.695”.

3.6. El proyecto contempla las siguientes partes, acciones y obras físicas. 3.6.1. Descripción del proyecto.

3.6.1.1. Etapa de construcción.

3.6.1.1.2. Obras civiles.

Para el emplazamiento del edificio se ha elegido una implantación dentro del polígono descrito entre calles Letelier-O“Higgins-Maipú, así como una fracción del subsuelo de la Plaza De La Republica, en su sector central hasta la glorieta o kiosco de la misma, de modo de lograr el mejor aprovechamiento del espacio disponible, permitiendo, al mismo tiempo, minimizar la intervención en superficie, particularmente en lo relativo a la vegetación existente.

El proyecto considera una superficie o estándar de ocupación cercano a los 26 m? edificados por unidad de estacionamiento. El diseño plantea un funcionamiento unidireccional, eficiente y de fácil comprensión para los usuarios, que permite una calle interior cómoda que, permite adelantamiento. Cabe señalar que las vías interiores cumplen los índices solicitados con 6 m para vías unidireccionales con estacionamientos a ambos costados y 3,50 m para vías conectores entre niveles.

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3.6.1.1.2.1. Acciones previas a la construcción.

Considerando el emplazamiento de la edificación de acuerdo a las especificaciones técnicas del proyecto, en forma previa al comienzo de los trabajos se realizaran las siguientes actividades:

3.6.1.1.2.2. Cambio de redes de servicio.

La intervención de redes públicas es una actividad para la preparación del área de excavación y posterior construcción del edificio de estacionamientos. De acuerdo a la normativa que regula los servicios de agua potable y alcantarillado, gas (natural/GLP), y telecomunicaciones, no se pueden realizar intervenciones en dichas redes sino se cuenta con la aprobación de las mismas por parte de las empresa concesionarias, sin perjuicio de la autorizaciones sectoriales pertinentes (para mayor detalle ver en Anexo N” 16 de la DIA).

3.6.1.1.2.3. Cierros provisorios.

Para la construcción de los módulos de estacionamientos, se aislará la sección a intervenir (plaza de la república), permitiendo una normal utilización del resto del espacio público. Se habilitará un cierro perimetral, el cual consiste en un cierro provisorio que tendrá características de pantalla acústica de OSB y una altura de 3 m. Producto del cierre perimetral que considera el proyecto, se cerraran total o parcialmente las siguientes calles: O'Higgins entre Maipú y Letelier, Maipú entre Camilo Henríquez y O'Higgins; Letelier entre O'Higgins y Camilo Henríquez.

3.6.1.1.2.4. Instalación de faenas.

Estará constituida por locales para oficina, la inspección municipal, recintos para el cuidador, bodegas para materiales y herramientas, recintos para el personal de la obra, cobertizos para faenas y servicios higiénicos para obreros y personal administrativo. El plan de manejo para la instalación de faenas se describe en el Anexo N? 12 de la DIA.

Se estima un área de 675 m?, dentro del cual se instalaran los baños químicos, oficinas, bodegas y todas las unidades pertinentes para el correcto desarrollo del proyecto.

3.6.1.1.2.5. Acciones previstas con respecto a los elementos de interés en la plaza de La Republica.

En la plaza de La Republica se ubican 3 elementos de interés:

  • Un kiosko, que corresponde a una estructura metálica, de relevancia arquitectónica y patrimonial ubicada en el centro de la plaza.

  • Un monumento en memoria de Camilo Henríquez, que se ubica al interior de la plaza en su esquina sureste (Maipú con Camilo Henríquez).

  • Un monumento levantado en conmemoración de Vicente Perez Rosales, localizado en la esquina noreste de la plaza, cercano a la intersección de las calles Letelier y Camilo Henríquez.

El proyecto contempla el desmontaje y embalaje del kiosco, el que será entregado al departamento de Aseo y Ornato de la Ilustre Municipalidad de Valdivia para su custodia durante la etapa de construcción del proyecto.

Sobre los dos monumentos restantes, no se considera su intervención, se implementarán cercos de protección y una señalización provisoria durante la realización de las faenas de construcción. Se priorizará la utilización de mallas del tipo “dorment”. Junto a ello se restringirá el transito del personal y maquinarias por los sectores donde se encuentran emplazadas las estructuras de valor patrimonial.

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3.6.1.2. Etapa de construcción.

3.6.1.2.1. Replanteo, trazado y niveles.

La secuencia estimada de construcción, será la siguiente: - Nivelación topográfica y concordancias.

  • Tazado de límites de excavación.

  • Replanteo: se efectuarán los siguientes replanteos: excavaciones, fundaciones, replanteo de plantas de pisos y replanteo de Instalaciones.

  • Trazado y niveles.

  • Mecánica de suelos: consideró un reconocimiento de superficie y la ejecución de 4 sondajes de 40 m de profundidad, destinados a determinar las propiedades de los suelos de fundación. Los resultados indicaron que el subsuelo presenta un perfil compuesto por cuatro unidades estratigráficas fundamentales:

a) Unidad U1: Material corresponde a relleno,

b) Unidad U2: Limo arcilloso de color café a gris con leve porcentaje de arena fina de consistencia blanda, mediana a firme a medida que se profundiza de húmeda a mojada, de plasticidad baja y mediana a alta. Según el Sistema de Clasificación de Suelos (USCS), dicha unidad clasifica como limo inorgánico de baja plasticidad (ML) a limo inorgánico de media a alta plasticidad (MH).

c) Unidad U3: Intercalaciones de arena y limos de máximo 5 m de profundidad.

d) Unidad U4: Arena limosa.de tamaño fina de color gris café con leve presencia de cementación de compacidad media a densa, de humedad húmeda a mojada, con porcentaje de finos de plasticidad mediana. Según sistema USCS, clasifica como Arenas limosas, mezclas de arena y limo mal graduadas (SM) a Arenas mal graduadas, arenas con grava con pocos finos o sin ellos (SP-SM).

  • Situación de la napa freática:

Se considera como alternativa un sistema de agotamiento de napa freática en base a punteras denominado “Sistema Well Point”, sistema que oscila entre los tipos de suelos limosos arenosos y hasta arenas con algo de gravilla. No se considera la infiltración de efluentes a la napa freática. La ubicación de la napa freática se encuentra descrita en el Anexo N? 4 de la DIA, mientras que el manejo de la napa freática propuesto se presenta en el Anexo N? 5 de la DIA.

En relación a lo anterior, y a la fecha del Informe Consolidado, la Dirección General de Aguas de la Región de Los Ríos, mediante Ord. N 412, de fecha 22 de mayo de 2014, con observaciones al Adenda N 1, señala que “(...) Se solicita indicar si el caudal del proyecto de estacionamiento a evacuar, Q= 77,30 l/s. informado por el titular, ha incorporado el caudal correspondiente al agotamiento de las aguas subterráneas a través del método de punteras. En'caso de no estar considerado, señalar caudal aportante y punto de descarga (....)”.

3.6.1.2.2. Excavaciones y movimientos de tierra.

Se estima que la secuencia de excavaciones y movimientos de tierras será la siguiente:

a) Obras de entibación.

b) Rebaje y emparejamiento. -

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c) Excavaciones masivas.

d) Excavaciones para fundaciones y otros. e) Rellenos compactados.

f) Retiro de excedentes.

El volumen estimado de material a extraer desde la obra es de aproximadamente 33.403

mí.

3.6.1.2.3. Bases y rellenos estructurales.

Corresponden a la base para el radier inferior del edificio. Dicha obra considerará la ejecución de rellenos estructurales, rellenos tras muros de contención y bajo radieres. Para lo anterior, podrá emplearse material granular grueso, limpio, del tipo “estabilizado”, o grava proveniente de la misma excavación, material integral de río o esteros, limitando el tamaño máximo a 4” y que el contenido de finos bajo la malla N* 200 sea inferior a 10%.

3.6.1.2.4. Requerimientos de insumos y servicios.

a) Suministro eléctrico: las faenas de construcción requerirán consumo de energía eléctrica de menor voltaje para alimentar equipos en terreno. Se contempla la implementación de empalmes temporales, previa aprobación de los distribuidores correspondientes.

b) Combustible: el combustible a utilizar durante esta etapa corresponde a petróleo diesel, el cual será suministrado por las estaciones de servicio. cercanas al proyecto. Dicho combustible será utilizado para el funcionamiento del grupo electrógeno de respaldo a instalar.

c) Suministro de agua e instalaciones sanitarias: se solicitará a la empresa sanitaria la instalación de un arranque de faena provisorio, proveniente de la red pública, para la obtención de agua potable. El agua utilizada para faenas constructivas será proporcionada por camiones aljibes. Se dispondrá en la obra, de baños químicos individuales, medida que se mantendrá durante la etapa de construcción, en tanto se obtiene la conexión provisoria a la red pública de servicios sanitarios.

d) Maquinarias y otros equipos: en la fase de construcción, se prevé la utilización de las siguientes maquinarias y equipos.

Tabla N* 2. Maquinarias a utilizar durante la construcción del proyecto. Maquinarias Cantidad Mini-cargador

Retroexcavadora Excavadora Rodillos Motoniveladora Grupos electrógenos Terminadora asfáltica Ventiladores de extracción forzada

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e) Materiales e insumos: los principales insumos a utilizar en la fase de la construcción son los siguientes:

Tabla N* 3. Insumos requeridos durante la etapa de construcción.

Insumos Especificaciones Para maquinaria Combustibles, lubricantes Para obra gruesa Hormigón, acero, moldaje Pavimentación Asfalto, membrana impermeable

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Instalación eléctrica Ductos, cables, tableros, luminarias Instalaciór sanitaria Cañerías PVC, de cobre, artefactos Terminaciones Pinturas

No se prevé la utilización de áridos, dado que los hormigones que se emplearán en la construcción del proyecte serán premezclados y traídos en camiones mezcladores a la obra. En la eventualidad de necesitar áridos, estos serán obtenidos de proveedores autorizados.

3.6.1.2.5. Plan de desvío de tránsito.

Producto del cierre perimetral que considera el proyecto, se cerraran totalmente las siguientes calles:

  • Calle O'Higgins entre Maipú y Letelier (con tránsito de sur a norte y tres pistas útiles de circulación) se cierra no permitiendo el tránsito de vehículos.

  • Calle Maipú entre C. Henríquez y O'Higgins (con tránsito de oriente a poniente y dos pistas útiles de circulación) se cierra no permitiendo el tránsito de vehículos.

  • Calle Letelier entre O'Higgins y C. Henríquez (con tránsito de pcniente a oriente y una pista ancha de circulación) se cierra no permitiendo el tránsito de vehículos.

Los detalles del Plan de Desvío para la fase de construcción del proyecto se encuentran en el Anexo N? 17 de la DIA.

Respecto de lo anterior, la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de Los Ríos, mediante su Crd. N 261, de fecha 19 de mayo de 2014, se pronuncia con observaciones al Adenda N 1, señalando que “(...) Este Servicio aclara que no ha recibido propuesta de señalización para los desvíos de tránsito por parte del Consultor o Mandante del proyecto, por lo que dicha respuesta no es efectiva. Se solicita hacer un ingreso formal de la solicitud ante este Servicio, el que una vez revisados los antecedentes presentados, emitirá una Resolución Exenta indicando la aprobación de la solicitud (...)”.

Adicionalmente, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Ríos, mediante Ord N 469, de fecha 27 de mayo de 2014, ha señalado que “(...) Se mantiene la incertidumbre en relación a cómo el proyecto ha previsto la no alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los habitantes de la ciudad de Valdivia que utilizan el espacio público que será afectado por el proyecto, ello, en consideración a la ausencia del Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (ElSTU) aprobado por el organismo correspondiente, cuya primera versión fuera rechazada mediante el Ordinario N89 del 27 de Febrero de 2014 por la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de Los Ríos. Lo cual impide establecer los efectos y las medidas a adoptar durante la ejecución del proyecto en materias del tránsito vial y peatonal, como así también, las soluciones constructivas derivadas de ello.

En relación a lo anterior, este órgano de la administración. del Estado con competencia ambiental, considera que el EISTU aprobado, es un documento necesario para evaluar que el proyecto no genera O presenta alguno de los efectos, características O circunstancias señalados en este artículo (artículo 11 * literal c) de la Ley N* 19.300) (...)”.

3.6.1.2.6. Etapa de abandono de obras y/o cierre de actividades. Finalizada la construcción se realizará el abandono de faenas, para lo cual se retirara todo

vestigio de ocupación y se realizara una limpieza de toda la obra, de esta manera se asegurara la restitución de las condiciones normales.

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3.6.1.3. Etapa de operación y/o explotación.

La fase de operación y/o explotación se refiere a aquella en la cual los estacionamientos se pondrán en funcionamiento a disponibilidad de público durante los 35 años que dura la concesión. Para esta fase se han considerado principalmente acciones y sistemas de seguridad, de acuerdo con:

  • Contratación de Guardias de seguridad.

  • Planes de manejo de emergencias y manejo de crisis.

  • Personal para el manejo de emergencias.

3.6.1.4. Etapa de cierre y/o abandono.

De acuerdo a lo indicado en la respuesta 41 del Adenda N*1 la vida útil del proyecto corresponde a una concesión de 35 años. Posteriormente, la administración de los estacionamientos subterráneos será transferida a la llustre Municipalidad de Valdivia.

Señalando además que “(...) es posible extender la vida útil del proyecto de manera indefinida, mediante la conservación o renovación de pavimentos, estructuras y equipos

CJ. Complementando lo anterior y a la fecha del Informe Consolidado de Evaluación (ICE), el proponente no ha descrito la etapa de abandono o cierre del estacionamiento subterráneo, manteniéndose la observación realizada por el Servicio de Evaluación de la Región de Los Ríos, por cuanto dicha etapa, necesariamente debe ser descrita.

3.7. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto.

Que en lo relativo a los aspectos relevantes de la descripción de proyecto para la determinación y cuantificación de los impactos sobre el medio ambiente, entre estos, sus emisiones y efluentes; la cantidad y manejo de residuos, se tiene que el proyecto tendrá: 3.7.1. Generación de emisiones atmosféricas.

a) Etapa de construcción:

Se estima la generación las siguientes emisiones atmosféricas, de acuerdo al desarrollo de las etapas de construcción serán:

Tabla N* 4. Resumen de emisiones por etapas durante la construcción.

Emisiones (Ton/año)

Repvidad Mp10] CO | HC ] Nox | Sox Demolición 0,849 - - - “ Excavaciones 0,522 - - - - Transferencia discretas de material,

0,014 | - » - ,

(carguío de camiones) Combustión Motor Camiones,

a 0,226 | 0,706 | 0,277 | 2,597 | 0,031 Maquinarias y grupos

electrógenos Total 1,611 | 0,706 | 0,277 | 2,597 | 0,031

Dado lo anterior, y para cada'una de las actividades se considera las siguientes medidas de control.

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Excavaciones y movimientos de tierra:

  • Humectación constante del terreno con agua y aditivos que eviten su suspensión. A excepción de los días de lluvia.

  • Los equipos y maquinarias usadas en el proceso, deben ser manejadas con precaución y con velocidad moderada con el objeto de minimizar la emisión del material particulado.

  • El horario de trabajo de las empresas contratistas que ejecuten faenas u obras será entre las 7:00 y las 19:00 horas, el que podrá extenderse de acuerdo a la disponibilidad de luz natural.

  • Las maquinarias como cualquier tipo de vehículo motorizado deberán circular en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día.

Carga de escombros y tierra en camiones: - Humectación y/o cobertura con malla del material sobre los camiones,

  • Minimizar la circulación de camiones tolva en la zona expuesta, optimizando las distancias entre cargador y camión.

  • Los equipos y maquinarias usadas en el proceso, deben ser manejadas con precaución y con velocidad moderada con el objeto de minimizar la emisión del material particulado.

Transporte de tierra y escombros:

  • Todas las zonas de circulación de vehículos deberán mantenerse húmedas. Para ello se mojarán con aljibe o equivalente, equipados con ducha de rocío.

  • Las fuentes de emisión de material particulado serán humectadas y cubiertas.

  • Se mantendrán limpias, calles y aceras circundantes a la obra, previa humectación. No se usará barrido en seco.

  • La maquinaria contará con sus revisiones técnicas al día.

Respecto de todo lo anterior, la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de Los Ríos, mediante Ord. N 261, de fecha 19 de mayo de 2014, se pronunció con observaciones al Adenda N 1, señalando que “(...) Considerando que Camilo Henríquez es la única vía que permitirá conectar el norte y con el sur de la zona centro, y en respuesta entregada a observación N” 23, se señala que el estacionamiento de camiones para carga y descarga de materiales será parte de la calzada de Camilo Henríquez. Al respecto se solicita evaluar la posibilidad de realizar la transferencia de materiales en calle O'Higgins entre Letelier y Chacabuco o entre Arauco y Maipú, con el fin de dar uso a esos tramos de vías que no tendrán otro que el estacionamiento de vehículos particulares, y de esa forma no interrumpir el flujo vehicular de calle Camilo Henríquez.

En respuesta entregada a observación N* 24, se señala las emisiones del proyecto, pero nada se indica acerca de la limpieza de los neumáticos de los vehículos de carga para mantener las vías de la ciudad libre de polvo en suspensión, principalmente las vías que se encuentran adyacentes al proyecto. Se solicita incluir (...)”.

b) Etapa de operación:

Para esta etapa las principales emisiones a la atmósfera tienen relación con la circulación de los vehículos en el estacionamiento. Para el control de emisiones se consideraron:

  • Pavimentos de terminación superficial afinada.

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  • Implementación un sistema de extracción de aire de 21.000 m/hora, que contribuirá a mantener los niveles de MP y gases a niveles bajos (CO < 200 ppm) y un ventilador de 15.000 m/hora para asegurar la renovación y dilución del aire al interior del recinto.

  • Extracción de aire desde subterráneos de acuerdo a las pautas indicadas por la Norma VD! 2053 (Norma Alemana de Túneles), que según el cálculo de diseño deberá extraer 21.000 m%/hora, incluyendo sensores de detección de gases.

c) Etapa de abandono:

A la fecha del ICE, el proponente no ha detallado las medias ambientales asociadas a la gestión de las emisiones atmosféricas para esta etapa.

3.7.2. Generación de residuos líquidos. a) Etapa de construcción:

De acuerdo a lo señalado por el proponente, no se generan residuos líquidos a excepción de las aguas servidas provenientes de los baños químicos dispuestos en diferentes sectores de la obra. Éstos serán provistos por una empresa autorizada sanitariamente, la que estará encargada de su posterior retiro, transporte y disposición final en puntos autorizados. Respecto a los residuos líquidos industriales el proponente ha señalado que no se generarán RlLes en esta etapa.

b) Etapa de operación:

Durante la etapa de operación los residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos que se construirán asociados al proyecto, serán dispuestos a la red de alcantarillado público.

Las aguas provenientes de las infiltraciones pluviométricas, serán colectadas y luego conducidas al sistema colector de aguas lluvias del sector, tramitando, de forma previa la “Factibilidad de Evacuación de Aguas Lluvias” en la Dirección de Obras Hidráulicas de la Región de Los Ríos. Finalmente, y según el proponente, no se prevé la generación de otros residuos líquidos.

A mayor abundamiento, respecto de las aguas lluvia, la Dirección de Obras Hidráulicas de la Región de Los Ríos, se pronunció conforme con los antecedentes presentados, mediante Ord. N* 739, de fecha 27 de mayo de 2014, señalando que:

“(...)

1) Todas las obras relativas a la intervención de la red de evacuación de aguas lluvias deberán ser informada su programación a la DOH y el SERVIU, con la finalidad de presentarse en terreno profesionales de las direcciones a fiscalizar la correcta ejecución de las mismas respecto al proyecto aprobado.

2) El diseño de la red de aguas lluvias deberá contar igualmente con la aprobación del SERVIU, pues la red a intervenir es una red secundaria la cual según lo dispuesto en la Ley N* 19.525 es de administración de este servicio.

3) Todas las tapas de cámara de aguas lluvia a ser intervenidas, modificadas o reemplazadas deberán contener una placa informativa que indique al menos: Tipo de Red (Aguas Lluvia), Numeración cámara según el Plan Maestro, año y servicios de contacto.

4) El proyecto de Aguas Lluvias deberá ser presentado en la DOH para su aprobación y otorgamiento de factibilidad de evacuación de aguas lluvias. Lo anterior en forma independiente a la presente evaluación ambiental. Lo anterior para dar cumplimiento a los requisitos sectoriales en la materia (...)”.

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c) Etapa de abandono:

A la fecha, el proponente no ha detallado las medias ambientales asociadas a la gestión de los residuos líquidos para esta etapa, por cuanto no la ha, descrito.

3.7.3. Generación de residuos sólidos.

a) Etapa de construcción:

En la etapa de construcción, se generarán residuos sólidos provenientes, principalmente, de las actividades de demolición de pavimentos y de la excavación (33.403 m?) los cuales serán retirados y llevados a un botadero particular ubicado en el sector Las Animas. Dichos residuos serán retirados dos veces por semana por un camión recolector de 19

mí,

No obstante, la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de la Región de los Ríos, mediante Ord. N” 261, de fecha 19 de mayo de 2014 señala que “(...) Las rutas de transporte hacia el botadero es la siguiente: O”Higgins-Los Robles-Los Ligues-Avenida España-Calle Sevilla. La ruta anteriormente señalada no tiene continuidad, ya que no existe conexión entre calle Los Lingues y Avda. España, debido a que aún se encuentra en construcción el Puente Cau Cau (...)”. Por lo que a la fecha del ICE la aclaración respecto de las rutas de transporte hacia el botadero se mantiene.

Por otra parte, los residuos peligrosos se acumularán en contenedores cerrados de 200 L, para posteriormente ser gestionados para su transporte y disposición final por empresas autorizadas.

b) Etapa de operación:

Los residuos generados durante la etapa de operación y/o explotación corresponden a aquellos de origen domiciliario, los que serán almacenados en tambores con tapa y posteriormente, serán retirados por el servicio de recolección municipal para ser dispuestos en sitio autorizado. Dichos residuos serán almacenados en contenedores de polietileno inyectado, de 2 ruedas, con una capacidad 240 L cada uno, los cuales recibirán los residuos depositados en los papeleros dispuestos al interior del edificio.

c) Etapa de abandono:

A la fecha del ICE, el proponente no ha detallado las medias ambientales asociadas a la gestión de los residuos para esta etapa.

3.7.4. Generación de emisiones de ruido.

En la DIA se presenta el Estudio de Impacto Acústico realizado para el proyecto. Los detalles de dicho estudio se encuentran en el anexo N” 3 de la DIA. Al respecto, es necesario indicar que la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos, mediante Ord. N* 880, de fecha 22 de mayo de 2014 se pronunció conforme.

a) Etapa de construcción:

La proyección de los niveles de ruido consideró las principales fuentes emisoras en los procesos de construcción dentro del edificio de estacionamientos. Se evaluaron dos etapas desde el punto de vista acústico: preparación del terreno (demolición y excavación) y edificación de la obra civil.

Las fuentes emisoras de ruido fueron agrupadas según la ubicación de las obras a desarrollar en tres frentes de trabajo para ambas fases de construcción. La modelación realizada con Minerva 6 (software de modelación acústica, el cual utiliza la norma de propagación ISO 9613 parte Il para predecir comportamiento de ruido) para las dos fases de construcción indicadas mostró la necesidad de implementar barreras acústicas con el

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objetivo de dar cumplimiento a la normativa vigente (D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes

que Indica”).

Respecto a los niveles de ruido que se generarán en.el botadero, se realizó una proyección de ruido considerándo los puntos sensibles cercanos al sitio acopio dentro de un radio de 500 m, los resultados indican que se dará cumplimiento a la normativa vigente (D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”). El detalle de la modelación acústica se presenta en el Anexo N? 8 del Adenda N? 1.

b) Etapa de operación:

Se consideró el sistema de aireación del edificio como fuente de ruido, ya que es la única fuente emisora de ruido asociada al funcionamiento de los estacionamientos. Dicha fuente emisora de ruido, funciona en momentos que se necesita mayor extracción de aire debido al aumento del flujo automóviles que utilizan el estacionamiento. Los resultados indican que se dará cumplimiento a la normativa vigente (D.S. N” 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”). El detalle de la modelación acústica se presenta en el Anexo N? 8 del Adenda N* 1. Las fuentes incluidas en la modelación acústica, como sus niveles en bandas de 1/1 octava se muestran en la siguiente tabla:

Tabla N? 5. Fuentes emisoras de ruido en operación del estacionamiento

Fuente Altura Ref. Nivel de Presión Sonora por Nivel emisora pUGnte Banda de Octava dB(A) total [m] [m]_ | 63 | 125 | 250 | 500 | 1k | 2k | 4k | dB(A) Sistema de 1.5 1 30 | 71 78 80 | 74 | 69 | 64 80 Ventilación

c) Etapa de abandono:

A la fecha del ICE, el proponente no ha detallado las acciones ambientales asociadas a la gestión de los ruidos generados para esta etapa.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y a la fecha del ICE, la siguiente es la principal normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto. No obstante a la fecha del ICE es posible indicar que el proyecto debe ingresar como un Estudio de impacto ambiental (ElA): :

Normas de emisión y otras normas ambientales.

e Ley N* 19.300/1994 (modificada por Ley N” 20.417) (MMA). “Ley de Bases Generales del Medio Ambiente”.

e Decreto Supremo N? 95/2001, (MINSEGPRES). “Establece Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental”.

e Decreto Supremo N* 38/2011, (MMA). “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”.

  • Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967, (MINSAL). “Código Sanitario”.

  • Decreto Supremo N* 144/1961, (MINSAL). “Establece Normas Para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.

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e Decreto Supremo N? 594/1999, (MINSAL). “Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.

e Decreto Supremo N? 148/2003, (MINSAL). “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. B

e Decreto Supremo N” 138/2005 (MINSAL). “Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica”.

e Decreto Supremo N” 179/1988, (MINVU). “Aprueba Plan Regulador Comunal de Valdivia”.

e Decreto Supremo N* 47/92, (MINVU), Ordenanza de la Ley General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

e Decreto Supremo N* 75/1987, (MTT). “Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica”.

e Decreto Supremo N? 54/1994, (MTT). “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica”.

e Decreto Supremo N” 55/1994, (MTT). “Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que Indica”.

e Decreto Supremo N” 298/1984, (MTT). “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”.

e Ley N” 17.288/1970, (MINEDUC). “Ley de Monumentos Nacionales”.

e Decreto Supremo N” 484/1990, (MINEDUC). “Reglamento de la Ley N* 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”.

  1. Indicación de los Permisos Ambientales Sectoriales Asociados al Proyecto.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”, requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 76% y 93% del D.S N” 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).

5.1. Permiso Ambiental Sectorial del artículo 76% del D.S. N”95/2001 MINSEGPRES.

El permiso le es aplicable, debido a que el proyecto contempla la tramitación de una autorización para la realización de sondeos arqueológicos en el área a intervenir, la cual fue emitida mediante Ord. N%004000/13 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 18 de octubre del 2013, para la realización de los sondajes arqueológicos necesarios en la “Plaza de la República de Valdivia”, con el objetivo de ampliar la información presentada en la DIA del proyecto, cuyos resultados se acompañan en el Anexo N 16 del Adenda N” 1'a la DIA .

En relación a los contenidos técnicos y formales, cabe indicar que el Consejo de Monumentos Nacionales mediante Ord. N 1962, de fecha 20 de Mayo de 2014, se pronunció al Adenda N” 1, señalando -en síntesis- que (...) no otorga el Permiso Ambiental Sectorial N? 76, ya que faltan antecedentes relevantes para su evaluación (...)”.

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5.2. Permiso Ambiental Sectorial del artículo 93" del D.S. N*95/2001 MINSEGPRES.

El permiso le es aplicable, debido a que el proyecto contempla la acumulación transitoria de residuos generados durante la ejecución del proyecto.

En relación a los contenidos técnicos y formales de este permiso, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos, se pronunció conforme, de acuerdo al Ord. N* 880, de fecha 22 de

mayo de 2014.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia” genera y presenta efectos, características y circunstancias establecidos en el literal f) del artículo 11? de la Ley N 19.300. Lo anterior, según los antecedentes que constan en el expediente de evaluación y en atención a los siguientes argumentos: ?

6.1. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11%, de la Ley N”19.300 (alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural), es posible indicar que de acuerdo a lo informado por el proponente en el Anexo N 16 del Adenda N” 1, de acuerdo a los sondeos arqueológicos realizados, el sitio “Plaza La República de Valdivia” se trata de un espacio ocupado desde tiempos prehispánicos a históricos recientes, sin interrupciones notables en el tiempo. Ley N 17.288/1970, (MINEDUC) a este respecto, establece en su artículo 21? que: “(...) Por el solo ministerio de la ley, son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado los lugares, ruinas, y yacimientos y piezas antropo-arqueológicas que existan sobre O bajo la superficie del territorio nacional. Para los efectos de la presente ley quedan comprendidas también las piezas paleontológicas y los lugares donde se hallaren (...)”.

De esta forma, es posible concluir que el proyecto se emplaza en un Monumento arqueológico de aquellos definidos en la Ley N*17.288, el cual por sus características constructivas, su antigiedad, valor científico, contexto histórico y/o por su singularidad, pertenecen al Patrimonio Cultural, en su condición de ser parte del área fundacional de la ciudad de Valdivia (del siglo XVI en adelante) y que además registra asentamientos prehispánicos tardíos (información validada en el Informe de Sondeo Arqueológico presentado en el Anexo 16 del Adenda N” 1).

Dadas las características de construcción del proyecto es posible señalar que se generará alteración significativa sobre el monumento denominado “Plaza de la República de Valdivia”, dado que todas las acciones del proyecto se desarrollan en dicho sitio.

Al respecto, y en el mismo informe, el proponente señala que debido al carácter multicomponente del sitio y a la presencia de contextos primarios y secundarios con alta potencialidad interpretativa de sus conjuntos artefactuales, se recomienda realizar estudios más extensos que impliquen la excavación sistemática de sectores amplios del sitio con el objeto de registrar de forma adecuada las características contextuales y estratigráficas de los rasgos identificados y recuperar mayor información sobre las características materiales de las ocupaciones prehispánicas e históricas en el sitio.

En este sentido, el Consejo de Monumentos Nacionales mediante Ord. N* 1962 respecto del Adenda N? 1, de fecha 20 de mayo de 2014, ha señalado que “(...) Por la magnitud del impacto que generará el proyecto sobre el sitio arqueológico Plaza La República, puesto que toda su Área de Influencia coincide con él. Este bien destaca por su singularidad, en su condición de ser parte del área fundacional de la ciudad de Valdivia (del siglo XVI en adelante) y que además registra asentamientos prehispánicos tardíos, ratificados en el Informe de Sondeo Arqueológico (Anexo 16).

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Debido a lo anterior, este Consejo solicita se ingrese el proyecto como un Estudio de Impacto Ambiental, debido a que se alterará un Monumento Nacional, según la Ley N* 17.288, el que se encuentra en el Área de Influencia del proyecto. Asimismo, se necesita evaluar de manera adecuada la Línea de Base Arqueológica, junto a las mitigaciones y compensaciones a comprometer durante el Estudio de Impacto Ambiental (...).

Adicionalmente, no fue posible concluir que no se afectarán manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, por cuanto la zona comprendida entre las calles Letelier-Maipú y O'Higgins (sector frente a la intendencia), es usado frecuentemente para la realización de ceremonias públicas (celebraciones del 21 de mayo, fiestas patrias, entre otras actividades socio-culturales realizadas durante el año). Además, dicho tramo se encuentra frente a la entrada principal de la catedral de Valdivia, lugar donde se desarrollan actividades de culto católico, las cuales incluyen procesiones religiosas en fechas de connotación especial dentro de cada año. Estos aspectos, no han sido analizados por el proponente, por lo que persisten observaciones al

respecto.

Considerando lo expuesto anteriormente es posible señalar que:

a) A la fecha del ICE no es posible concluir que el proyecto cumple con la Normativa Ambiental.

b) El proyecto no cumple con los requisitos de carácter ambiental asociados al permiso ambiental sectorial N* 76, según lo señalado por el Consejo de Monumentos Nacionales, organismo competente en la evaluación de impacto ambiental sobre el componente Patrimonio Cultural.

c) El proyecto genera o presenta los efectos, características o circunstancias indicados en el literal f) del artículo 11” de la Ley N” 19.300 por lo que procede la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, dado que el proyecto genera alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De esta forma, se hace necesario que se señalen las medidas apropiadas para la conservación y/o protección del área que se afectará.

  1. Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N 19.300 (modificada por Ley N 20.417), sobre Bases Generales del Medio Ambiente, se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando “(...) el respectivo proyecto o actividad requiera de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditase el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma

Ley (...)”.

  1. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos:

RESUELVE:

  1. CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”.

  2. En consecuencia, el proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”, no se podrá realizar. Asimismo, se instruye especialmente a los órganos de la administración del Estado con competencia Ambiental, en las materias relativas al proyecto en comento, que quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental,

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aunque se satisfagan los demás requisitos legales en tanto no se les notifique un pronunciamiento en contrario.

  1. Hacer presente que procede en dontra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejeputiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno. |

| Notifíquese y Archívese UN

|

PRESIDENTE

COMISION

— Ñ Egon wensselolaálintzcinos Intendénte

Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Ríos

Pamela Godoy Palma Directora Regional (PT) Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Los Ríos

! | |

0 E yA [car

Distribución:

Sres. Cristián Coronel Dubreuil y José Zaror Atala, Representantes Legales, Concesiones Valdivia S.A. Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur.

Consejo de Monumentos Nacionales.

Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos.

Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Ríos.

Gobierno Regional, Región de Los Ríos.

Ilustre Municipalidad de Valdivia.

SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos.

SEREMI de Salud, Región de Los Ríos.

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SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos.

SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Rios.

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Rios.

Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos.

Cc: + Superintendencia del Medio Ambiente, Macro Zona Sur.

  • Expediente del proyecto “Estacionamientos Subterráneos Plaza de la República, comuna de Valdivia”.
  • Archivo SEA, Región de Los Ríos.

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