Legislación
Artículo 22
Artículo 22.- Del reglamento de concursos y promoción. Un reglamento dictado por el Ministerio del Medio Ambiente contendrá las normas complementarias orientadas a asegurar la objetividad, transparencia, no discriminación, calidad técnica y operación de los concursos para el ingreso, para la promoción y para cualquiera otra finalidad con que éstos se realicen.