Legislación
Artículo 15
Artículo 15.- Pronunciamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. La propuesta de decreto supremo que establezca metas y otras obligaciones asociadas deberá ser sometida al pronunciamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, de conformidad a lo establecido en los artículo 71 y siguientes de la ley Nº19.300.