Legislación

Artículo NOVENO

CREA EL MINISTERIO, EL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE

Artículo noveno.- Incorpórase en el artículo 2º de la ley Nº 18.902, a continuación de la frase "y el control de los residuos líquidos industriales", la siguiente oración: "que se encuentren vinculados a las prestaciones o servicios de las empresas sanitarias".