Legislación
Artículo 165
Artículo 165.- Lugar de presentaciones. Las comunicaciones y presentaciones dirigidas a la Comisión de Evaluación o al Comité de Ministros establecido en el artículo 20 de la Ley, serán recibidas en la oficina de partes de la Dirección Regional respectiva o de la Dirección Ejecutiva del Servicio, o mediante sistema electrónico, según sea el caso.