Artículo 144
Artículo 144.- Permiso para instalaciones de eliminación de residuos peligrosos. El permiso para instalaciones de eliminación de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 44 del Decreto Supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. El requisito para su otorgamiento consiste en que toda planta o estructura destinada a la eliminación de residuos peligrosos no afecte la calidad del agua, aire, suelo que pueda poner en riesgo la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Generales: a.1. Descripción del sitio de emplazamiento. a.2. Diseño del sistema de impermeabilización, si corresponde. a.3. Identificación del tipo de residuo peligroso, características y cantidades. a.4. Descripción del registro de los residuos ingresados. a.5. Identificación de los procesos de eliminación. a.6. Diseño de las unidades y equipos. a.7. Descripción de las operaciones para el manejo. a.8. Descripción de las medidas de control. a.9. Plan de operación y mantención. a.10 Plan de verificación. a.11 Plan de contingencias. a.12 Manual de procedimientos. a.13 Plan de cierre. b) De tratarse de un sitio destinado a la construcción, ampliación, modificación de un relleno de seguridad, además de lo señalado precedentemente, deberá presentar, al menos, lo siguiente: b.1. Distanciamiento a cursos de agua superficial y/o subterránea. b.2. Indicación de la pendiente del terreno. b.3. Distanciamiento del fondo del relleno al nivel freático más alto. b.4. Descripción del sistema de impermeabilización y drenaje. b.5. De existir la posibilidad de generación de gases o vapores al interior del relleno de seguridad, describir el sistema de evacuación y control de estos. b.6. Descripción del sistema perimetral de intercepción y evacuación de escorrentías superficiales. b.7. Descripción del sistema de recolección y evacuación de las aguas que precipiten sobre el relleno. b.8. Descripción del sistema de monitoreo de la calidad del agua subterránea. b.9. Descripción de accesos y caminos internos. b.10 Descripción de los siguientes sistemas: b.10.1 Sistema de caracterización y de control de los residuos. b.10.2 Sistemas de control de acceso vehicular y peatonal. b.10.3 Sistemas de seguridad y vigilancia. b.10.4 Sistemas de comunicaciones. b.10.5 Respaldo para el abastecimiento de energía. b.10.6 Acceso y caminos internos con señalizaciones adecuadas para el tránsito en el interior de la instalación (dirección, velocidad, áreas restringidas, entre otros). b.10.7 Sistema de descontaminación de las ruedas de los vehículos que hayan ingresado a los lugares de descarga de residuos peligrosos. b.11 Pendiente hacia el punto de recolección de los lixiviados. b.12 Plan de operación. b.13 Descripción del sistema de monitoreo de la calidad de las aguas subterráneas. b.14 De generarse líquidos lixiviados, descripción de la planta de tratamiento. b.15 Descripción del material de cobertura y su espesor una vez compactado. b.16 Descripción del sistema de impermeabilización de cierre. b.17 Plan de cierre. c) De tratarse de una instalación destinada a la incineración de residuos peligrosos: c.1. Identificación de los tipos y las cantidades de residuos peligrosos que se contempla tratar en la instalación, así como su capacidad total. c.2. Diseño de los quemadores. c.3. Flujos de masa y sus valores caloríficos máximos y mínimos y su contenido máximo de sustancias peligrosas. c.4. Condiciones de operación: c.4.1 Contenido de carbono orgánico total (COT) de las escorias y de las cenizas del hogar. c.4.2 Temperatura de los gases. c.5. Descripción de los quemadores durante la operación de puesta en marcha y de detención de la instalación. c.6. Descripción del sistema para impedir la incorporación de residuos peligrosos durante la puesta en marcha del incinerador, entre otros. c.7. Descripción de la chimenea y los demás equipos. d) De tratarse de instalación de eliminación de residuos peligrosos en minas subterráneas, además de presentar los antecedentes para la instalación de eliminación, deberá considerar lo siguiente: d.1. Estudios sobre la estabilidad estructural de la mina. d.2. Descripción del sistema de ventilación forzada. d.3. Estimación de los gases de ventilación. d.4. Antecedentes geológicos e hidrogeológicos que permitan estimar la cantidad total de agua que pueda aflorar. d.5. Medidas adoptadas para minimizar el impacto sobre el agua. e) De tratarse de instalación de eliminación de residuos especiales: e.1. De realizarse la eliminación en el mismo lugar en que se encuentran los residuos, descripción de los sistemas de disposición. e.2. Medidas adoptadas para minimizar el impacto sobre aire, agua y suelo. e.3. Procedimientos de monitoreo y mantención. e.4. Plan de las operaciones.