Legislación
Artículo 284
ARTICULO 284°- El interesado presentará a dicha Dirección la solicitud correspondiente, indicando el nombre, domicilio del organismo denunciado, de su presidente y los hechos en que la sustenta.
ARTICULO 284°- El interesado presentará a dicha Dirección la solicitud correspondiente, indicando el nombre, domicilio del organismo denunciado, de su presidente y los hechos en que la sustenta.