Legislación

Artículo 253

FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS

ARTICULO 253°- Estas comunidades se organizarán en la forma prescrita por los artículos 187 y siguientes. Será Juez competente para conocer de las materias indicadas en el artículo 188, el de la comuna en que se encuentre ubicado cualquiera de los predios de desagüe.